Condiciones Generales de Venta (Peru)
1. Ámbito de aplicación
1.1. Todos nuestros suministros, ventas, servicios y ofertas y contratos relacionados se rigen por las presentes condiciones generales de venta (en adelante las “Condiciones”), salvo que se haya acordado lo contrario explícitamente por escrito en un acuerdo separado. En el caso de una relación comercial continua, las Condiciones también se aplicarán a transacciones futuras, incluso si no se hace referencia explícita a las Condiciones. Al hacer un pedido, aceptar una oferta o celebrar un contrato con nosotros, el comprador (el “Comprador”) confirma y se supone que ha leído y aceptado las presentes Condiciones y que ha renunciado a sus propias condiciones generales, si las hubiera. El Comprador se compromete, salvo que se confirme lo contrario por escrito, a no interpretar ninguna acción realizada por nosotros como la aceptación de cualquier disposición contractual ofrecida por el Comprador.
1.2. En las presentes Condiciones, Incoterms® significará los Términos Comerciales Internacionales tal como aparecen en la última publicación en su momento por la Cámara Internacional de Comercio.
1.3. En caso de conflicto entre las presentes Condiciones y las condiciones específicas del pedido, de la oferta o del contrato, prevalecerán estas últimas sobre las presentes Condiciones.
1.4. Nos reservamos el derecho de corregir, modificar o rectificar las Condiciones periódicamente. La versión más reciente siempre estará disponible en nuestros términos y condiciones de venta y entrará en vigor inmediatamente después de su publicación y abarcará todos los pedidos pendientes y futuros y cualquier contrato celebrado después de la publicación.
1.5. Las Condiciones también están disponibles en inglés, y podrán ser consultadas en el sitio mencionado en la Cláusula 1.4. de las presentes Condiciones. En caso de discrepancias entre las dos versiones, prevalecerá la versión en español.
2. Ofertas y Pedidos
2.1. Nuestras ofertas y cotizaciones tendrán carácter vinculante por un plazo máximo de 60 días calendarios. Todo pedido del Comprador, realizado ya sea verbalmente o por escrito, será considerado como una oferta vinculante a nosotros para celebrar un contrato bajo los términos y las condiciones específicas estipuladas en el pedido y en las presentes Condiciones. Solo se considerará que se hayan firmado y/o aceptado, contratos, así como ampliaciones, modificaciones o contratos auxiliares cuando (i) hayamos dado una confirmación escrita mediante una factura proforma (sin perjuicio de cualquier reserva a la cual la factura proforma queda sujeta) o (ii) la firma por nuestra parte del contrato (auxiliar), la ampliación o modificación. El Comprador no puede cancelar ningún pedido, salvo con nuestro consentimiento previo, expreso y por escrito.
2.2. Si vencido el plazo al que se refiere el punto 2.1. precedente, no recibimos confirmación por escrito aceptando la oferta, no nos hacemos de ninguna manera responsables de la misma, ya sea contractual o extracontractualmente. Salvo que en la medida que nuestra confirmación escrita estipule lo contrario, el Comprador tendrá que devolver la oferta contrafirmada en un plazo de dos (2) días laborales después de su recepción.
3. Precios
3.1. Los precios incluyen todos los impuestos, gravámenes, derechos, costes, seguros y cargos si corren por nuestra cuenta de acuerdo con el Incoterm® utilizado (según se define arriba). Todos los demás costes o cargos, inclusive impuesto sobre el valor añadido o cualquier impuesto, gravamen o derecho extranjero similar de la jurisdicción que sea, quedarán excluidos y por cuenta del Comprador.
3.2. Tendremos el derecho de incrementar todo precio cotizado de conformidad con cualquier cambio en los costes para suministrarle las mercancías al Comprador, por ejemplo, derechos de importación o exportación u otros gravámenes, primas de seguros, precios de mercado de transporte o materias primas) o si tuviera relevancia prestación por condiciones de vida difíciles (p. ej. en el caso de inundaciones, niveles de agua muy bajos o presencia de hielo), lo cual será informado oportunamente al Comprador.
4. Entrega
4.1. En cualquier caso, no nos responsabilizamos por cualquier pérdida o daño sufrido por el Comprador derivado del o en conexión con el retraso en la entrega de las mercancías o en la prestación de cualquier servicio que no sean de nuestra responsabilidad. Además, solo estaremos obligados a suministrar dentro del alcance de nuestras capacidades existentes y teniendo en cuenta pedidos anteriores realizados por otros clientes.
4.2. Nuestra obligación de realizar el suministro se suspenderá mientras el Comprador tenga atrasado algún pago para nosotros o para cualquier empresa afiliada a nosotros, esto sin aviso previo y sin perjuicio del derecho de la empresa correspondiente a reclamar una indemnización. Si existe alguna duda sobre la capacidad del Comprador para cumplir sus obligaciones de pago hacia nosotros, nos reservamos el derecho de suspender el transporte o las entregas hasta que se hayan dado las garantías suficientes o se haya realizado un pago por adelantado, tal como solicitamos según nuestro absoluto criterio.
4.3. Salvo que se haya acordado lo contrario, tendremos el derecho, en todo momento, de entregar las mercancías de manera escalonada. Cada entrega será tratada como si constituyera un contrato separado y distinto con el Comprador. Cualquier fallo, suspensión o retraso por nuestra parte con respecto a la entrega parcial de las mercancías o el descubrimiento de cualquier defecto en cualquiera de las mercancías entregadas de tal manera, no le dará el derecho al Comprador de cancelar el resto del contrato y no afectará las obligaciones del Comprador con respecto al resto de las mercancías.
5. Transporte y Riesgos
5.1. Todos los transportes se llevan a cabo conforme al Incoterm® acordado, o, en su ausencia, a riesgo del Comprador. Si organizamos el transporte, nos reservamos el derecho de determinar o buscar una ruta, un medio de transporte, así como el envase de las mercancías salvo que se haya acordado lo contrario por escrito.
6. Recepción, Inspección y Reclamaciones
6.1. El Comprador deberá tomar posesión de las mercancías inmediatamente después de su presentación. Todos los gastos efectuados por nosotros en relación con la negativa o con el retraso del Comprador a tomar posesión de la mercancía corren por cuenta de este último, inclusive los gastos de transporte y almacenamiento. Si el riesgo de pérdida o daños a las mercancías aún no ha sido transferido al Comprador conforme el Incoterm® utilizado, dicho riesgo será transferido en todo caso a este en el momento de su negativa a tomar posesión de las mercancías y se considerará que el Comprador ha tomado posesión de las mercancías.
6.2. El Comprador deberá inspeccionar las mercancías sin demora. Si se observan discrepancias, nos informará de inmediato y nos permitirá inspeccionar las mercancías. Si no informa de inmediato o si no permite que nosotros o nuestro inspector designado inspeccione las mercancías, cualquier reclamo quedará sin validez y abandonado.
6.3. Cualquier reclamación relativa a la calidad o cantidad deberá ser recibida por nosotros dentro de los siete (7) días calendarios después que el Comprador haya tomado posesión de las mercancías o después del momento en que se considera que el Comprador ha tomado posesión de las mercancías. Sin embargo, defectos de calidad que no podrían haber sido detectados incluso a través de una inspección diligente en el momento de la entrega, deben ser notificados dentro de los siete (7) días calendarios después del descubrimiento de los mismos y en cualquier caso dentro de los tres (3) meses a partir de la fecha de entrega o a partir del momento en que se considera que el Comprador ha tomado posesión de las mercancías. Todas las reclamaciones presentadas después del período pertinente establecido en este párrafo estarán excluidas.
6.4. Las reclamaciones deben ser enviadas por correo electrónico a la siguiente dirección: reclamos_ventas@manuchar y nuestra recepción de la carta de reclamación se considerará como la fecha de presentación de la reclamación.
6.5. Todas las reclamaciones se documentarán con un informe de inspección original de una organización de encuesta neutral aceptada por nosotros.
6.6. Todos los bienes bajo reclamación deben almacenarse por separado, claramente marcados y no deben utilizarse hasta que se resuelva la reclamación, a no ser, que acordemos lo contrario por escrito.
6.7. No se aceptarán reclamaciones una vez que las mercancías hayan sido procesadas o revendidas. Además, el Comprador perderá todo derecho a reclamar por defectos en el caso de que las mercancías hayan sido manipuladas o almacenadas de manera inadecuada por o por cuenta del Comprador.
6.8. No ofrecemos garantías expresas ni implícitas con respecto a la idoneidad de las mercancías para los fines perseguidos por el Comprador.
6.9. No asumiremos ninguna responsabilidad con respecto a la calidad y especificación de los bienes, en caso de que el Comprador haya designado a la parte (por ejemplo, el fabricante) que nos suministra las mercancías. En tal caso, haremos todos nuestros esfuerzos comercialmente razonables para cooperar con el Comprador para que este último pueda formular una reclamación contra nuestro proveedor.
6.10. En el caso de reclamaciones justificadas o aceptadas, nosotros, siempre a nuestro absoluto criterio, o (i) suministraremos mercancías adicionales o sustituiremos mercancías a nuestras expensas; o (ii) reembolsaremos parcial o íntegramente la cantidad facturada o emitiremos una nota de crédito.
6.11. El Comprador acepta que periódicamente podemos llegar a realizar una compensación de un monto equivalente a cualquier suma u otra deuda del Comprador o de cualquier miembro del grupo de este, contra cualquier monto que nosotros le adeudemos.
7. Reserva de Dominio
7.1. Reserva de dominio. Todas las mercancías entregadas por nosotros seguirán siendo nuestra propiedad hasta que todas las deudas pendientes (vencidas o no) que el Comprador tenga hacia nosotros o hacia cualquiera de nuestras filiales hayan sido íntegramente liquidadas. El Comprador estará obligado a colocar en las mercancías una marca que indica claramente que las mercancías son propiedad nuestra.
7.2. Propiedad de mercancías procesadas. La reserva de dominio bajo la Cláusula 7.1 seguirá vigente cuando las mercancías bajo reserva de dominio son tratadas o procesadas. Si las Mercancías bajo reserva de dominio son procesadas, agregadas a y/o mezcladas con otros materiales por el Comprador, adquiriremos cotitularidad del nuevo producto según la proporción del valor de factura de las mercancías bajo reserva de domino con respecto a los demás materiales utilizados. Si nuestra titularidad cesa a consecuencia de un proceso de agregado o mezclado, el Comprador asigna por la presente el dominio de los nuevos productos o materiales en la medida del valor facturado bajo reserva de dominio y los almacenará en nuestro nombre sin costo alguno. Las mercancías de las que después seremos cotitulares serán consideradas como mercancías bajo reserva de dominio en virtud de la Cláusula 7.1. anterior.
7.3. Reventa por el Comprador. El Comprador solo podrá revender o procesar las mercancías bajo reserva de dominio o mezclarlas con otros materiales en el curso normal de sus operaciones y siempre que no esté en mora. No estarán permitidas las garantías mobiliarias ni las transferencias de propiedad en garantía. Si el pago del precio de adquisición por parte de cliente se aplaza, el Comprador se asegurará de conservar la propiedad de las mercancías bajo dominio hacia su cliente en las mismas condiciones que las aplicadas por nosotros para conservar la propiedad de las mercancías.
7.4. Cesión y cobranza de reclamaciones y demandas. En el caso de reventa de mercancías bajo reserva de dominio, el Comprador nos cede por la presente a nosotros todos los derechos de cobro por las sumas adeudadas al Comprador relacionadas con la reventa – donde nosotros somos copropietarios de las mercancías bajo reserva de dominio en proporción a nuestros derechos de copropiedad. Lo mismo aplicará para cualquier otra reclamación de pago y demanda que afecte las mercancías bajo reserva de dominio o que surja con respecto a ellas, como reclamaciones de pagos de seguros o demandas por daños y perjuicios en caso de pérdida o destrucción. Mediante la presente le damos al Comprador la autorización revocable de cobrar en nombre propio y por nuestra cuenta las reclamaciones de pagos y demandas que nos hayan sido cedidas.
7.5. Obligación de notificar. En el caso de una confiscación de las mercancías bajo reserva de dominio por parte de cualquier tercero, concretamente mediante embargo, el Comprador le notificará por correo electrónico inmediatamente al tercero sobre nuestra titularidad de las mercancías y nos hará la notificación correspondiente para que podamos hacer valer nuestros derechos de propiedad. En la medida que el tercero resulte incapaz de reembolsarnos por los gastos jurídicos correspondientes realizados, el Comprador será responsable por el pago de dichos gastos.
7.6. Evento de realización. En el caso que resolvamos el contrato debido a una violación de alguna condición del contrato por parte del Comprador, particularmente en el caso de un pago atrasado, tendremos el derecho de solicitar la devolución de las mercancías bajo reserva de dominio.
7.7. Si la reserva de dominio no resulta ejecutable hacia terceros bajo cualquier ley vigente o en cualquier jurisdicción relevante o como resultado de cualquier otro motivo, bajo cualquier ley vigente o en cualquier jurisdicción relevante, nos serán conferidos las garantías y los derechos colaterales permitidos en dichas leyes/en dicha jurisdicción como garantía para el debido pago de la factura. El Comprador deberá informarnos sobre las medidas que debemos tomar para salvaguardar nuestros derechos y deberá colaborar en la ejecución de dichas medidas.
8. Pagos
8.1. Los pagos deberán realizarse en las condiciones y en la moneda indicadas en el contrato o en la factura, prevaleciendo esta última en caso de conflicto. Los montos indicados en la factura serán debidos y pagables sin deducción o compensación alguna, salvo nuestro consentimiento expreso por escrito. Ninguna reclamación o discusión sobre una factura le dará el derecho al Comprador de suspender el pago de la factura correspondiente. Los pagos deberán efectuarse en las cuentas bancarias de nosotros o nuestras filiales que oportunamente se le indique al Comprador. Toda reclamación relacionada con la factura nos deberá ser presentada por correo electrónico a las direcciones señaladas en la Cláusula 6.4. anterior, en los ocho (8) días calendarios a partir de la fecha de la recepción de la factura.
8.2. Toda pérdida consecuencia de la volatilidad de los tipos de cambio corre por cuenta del Comprador.
8.3. El Comprador se compromete a recoger/recibir todos los documentos presentados por nuestro banco o por los agentes de nuestro banco. También tomará todas las medidas necesarias para la transferencia inmediata de los fondos correspondientes.
8.4. El incumplimiento del pago del precio de adquisición en la fecha de vencimiento constituye un incumplimiento esencial de las obligaciones contractuales.
8.5. Para pagos vencidos se devengarán intereses moratorios a la tasa máxima oficial fijada por el Banco Central de Reserva del Perú. Cualquier exceso sobre la tasa máxima da lugar a la devolución o a la imputación al capital, a voluntad del deudor.
8.6. Además, el monto de todo pago atrasado será incrementado automáticamente con un quince por ciento (15%) por daños contractuales e irreductibles para gastos administrativos y perturbaciones comerciales, sin perjuicio de nuestro derecho a solicitar indemnizaciones superiores.
8.7. En el caso que el Comprador incumpla la obligación de pagar en una fecha de pago en el marco de cualquier contrato con nosotros o con nuestras filiales, podremos a nuestro criterio y sin perjuicio de nuestros otros derechos y medios de defensa, (i) resolver con efecto inmediato el contrato correspondiente mediante notificación escrita al Comprador sin que se requiera otra acción o trámite formal, y/o (ii) suspender o cancelar entregas en el marco del contrato correspondiente u otros contratos del Comprador, hasta que toda la deuda quede íntegramente pagada. Además, todas las demás facturas pendientes quedarán inmediatamente vencidas y pagaderas sin necesidad de aviso previo. Es más, si el Comprador no realiza el pago en la fecha de vencimiento, tendremos el derecho de ejercer una retención de las Mercancías, tal como se señala en la Cláusula 7 de las presentes Condiciones.
8.8. En el caso que el Comprador realice un sobrepago por cualquier motivo, el Comprador notificará dicho sobrepago en un plazo de doce (12) meses a partir de la fecha de dicho pago. El Comprador podrá solicitar que el/los sobrepago(s) se utilicen como crédito para pedidos posteriores o que el/los sobrepago(s) sea(n) devuelto(s) al Comprador, en cuyo caso aplicarán las disposiciones de la Cláusula 8.9. Toda solicitud en el marco de esta cláusula deberá ser presentada por escrito y quedará sujeta a nuestra aprobación.
8.9. En el caso que el Comprador solicite la devolución de un sobrepago, solo efectuaremos una devolución relacionada con el sobrepago a la cuenta bancaria donde se originó y siempre que no existan montos vencidos en el momento que se solicite la devolución del sobrepago. Si existe algún monto debido por pagar tendremos el derecho de deducir dichos montos del importe por devolver. No se deberán intereses sobre el sobrepago. En la devolución del sobrepago:
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si la solicitud se realiza en los seis (6) meses después del sobrepago, se descontarán una tasa administrativa de treinta y cinco dólares (35 $) y cualquier comisión bancaria;
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si la solicitud se realiza en una fecha posterior a seis (6) meses después del sobrepago, se descontarán una tasa administrativa de setenta y cinco dólares (75 $) y cualquier comisión bancaria.
8.10. Si el Comprador recibe alguna comunicación por correo electrónico o de otro modo con respecto a un cambio de números de cuenta bancaria, debe comunicarse con su persona de contacto habitual de inmediato por teléfono para verificar esta información, con el fin de evitar posibles fraudes. El Vendedor no acepta ninguna responsabilidad en caso de
8.11. que el Comprador transfiera dinero a un número de cuenta bancaria incorrecto.
9. Fuerza Mayor, Dificultades Extremadamente Gravosas
9.1. Tenemos el derecho de suspender el cumplimiento de nuestras obligaciones contractuales hacia el Comprador en el marco de cualquier contrato (inclusive, para que no quede lugar a dudas, un pedido aceptado del Comprador) sin asumir responsabilidad alguna, en la medida que:
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fuerza mayor, o
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cualquier acto de Dios, perturbación natural, climatología adversa, guerra, accidente de un trabajador, terrorismo, disturbio, incendio, explosión, accidente, inundación, epidemias, restricciones de cuarentena, enfermedades altamente contagiosas o infecciosas, sabotaje, avería mecánica, cierre de fábrica (del proveedor), atraso durante el transporte, la imposibilidad de conseguir combustible, energía, transportista, materiales o equipos de nuestros proveedores habituales a precios razonables, suspensión de transporte, leyes gubernamentales, reglamentos u órdenes, o
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cualquier interrupción de la cadena de suministro, causada por cualquier motivo; o,
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cualquier motivo fuera de nuestro control razonable; o
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cualquier perturbación laboral, huelga, cierre patronal o cese de actividades, cuyas ocurrencias en cualquier caso son consideradas fuera de nuestro control razonable;
atrase, restrinja, limite o haga comercialmente inviable, dicho cumplimiento. Le notificaremos al Comprador sobre dicha suspensión lo antes posible. No estaremos obligados a adquirir mercancías de otras fuentes. Si el evento anteriormente citado dura más de 1 mes, podremos desistir del contrato sin que el Comprador tenga derecho a compensación alguna.
9.2. Si el cumplimiento de nuestras obligaciones contractuales se ha vuelto excesivamente oneroso debido a otros eventos fuera de nuestro control razonable que no pudiéramos haber tenido en cuenta al momento de celebrar el contrato, y no podemos evitar dicho evento o sus consecuencias por un costo razonable, las partes negociarán de buena fe condiciones contractuales alternativas. Si dichas negociaciones fracasan o no terminan dentro de un plazo razonable, podremos renunciar a las obligaciones no cumplidas del contrato sin asumir responsabilidad alguna.
10. Limitación de Responsabilidad
La responsabilidad total del Vendedor en relación con cada contrato con el Comprador por cualquier pérdida o daño de cualquier tipo y por cualquier causa se limitará a y en ningún caso excederá (a) el precio de las mercancías en cuestión; o (b) si las mercancías se entregan de manera escalonada, el precio de las mercancías que forman parte de la entrega en cuestión. Además, el Vendedor no será responsable frente al Comprador, por cualquier pérdida o beneficio, pérdida de uso, pérdida de ingresos, pérdida de producción o devengos, pérdida de contratos, pérdida de fondo de comercio, o por cualquier pérdida financiera o económica o por cualquier otro daño indirecto o daño consecuencial.
11. Sanciones, Control de Exportación y Antiboicot
11.1. "Sanciones" significa cualesquiera sanciones comerciales, económicas y/o financieras o controles a la exportación, incluyendo sin limitación cualquier ley, reglamento, orden, ordenanza, resolución, decreto, medida restrictiva u otro requisito pertinente con fuerza de ley, así como restricciones a la importación y exportación relacionadas con productos y tecnologías militares y de doble uso, precursores químicos (drogas y explosivos), productos químicos peligrosos, pesticidas y sustancias que agotan la capa de ozono), adoptados por los EE.UU., el Reino Unido, la UE (o sus respectivos Estados miembros), la ONU o cualquier otra autoridad gubernamental.
11.2. El Comprador declara y garantiza que ni él ni ninguna persona o entidad que directa o indirectamente le pertenezca o controle, a la que directa o indirectamente pertenezca y controle, o para la que actúe en nombre o bajo la dirección de es un objetivo designado de cualquier Sanción, o un individuo residente ordinario en o una entidad constituida bajo las leyes de un país o territorio sujeto a sanciones globales administradas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de EE.UU. ("OFAC") ("País Sancionado") (colectivamente "Persona Sancionada"). El Comprador acuerda y se compromete con el otro a que él y sus agentes, contratistas y representantes cumplirán plenamente los requisitos de todas las Sanciones aplicables en la ejecución de este contrato.
11.3. El Comprador acepta y se compromete a que las mercancías que se adquieran en ejecución del presente Contrato no serán directa o indirectamente revendidas a una Persona Sancionada o a un País Sancionado, ni transportadas en un buque que enarbole pabellón de un País Sancionado o que sea una Persona Sancionada, ni tratadas de cualquier otro modo que pudiera causar una infracción de las Sanciones por nuestra parte, nuestros bancos, aseguradores, agentes, contratistas, representantes o accionistas ("Partes Relacionadas de Manuchar") o exponernos de cualquier otro modo a nosotros o a las Partes Relacionadas de Manuchar a los efectos de cualquier Sanción.
11.4. Asimismo, el Comprador declara y garantiza que no efectuará el pago de las mercancías a través de dicho país, banco u otra entidad u organismo o instalación, que pudiera causar un incumplimiento de las Sanciones por nuestra parte o por parte de las Partes Relacionadas de Manuchar, o que pudiera exponernos a nosotros o a las Partes Relacionadas de Manuchar a los efectos de cualquier Sanción, y que se asegurará de que el pago de las mercancías se efectúe en su totalidad sin violar las Sanciones.
11.5. El Comprador garantiza que nuestras mercancías no serán utilizadas por su cliente o suministradas por su cliente de un modo que pudiera causar una infracción de las Sanciones por nuestra parte o por parte de las Partes Relacionadas con Manuchar, o que pudiera exponernos a nosotros o a las Partes Relacionadas con Manuchar a los efectos de cualquier Sanción.
11.6. Las partes no cooperarán, aceptarán ni cumplirán ninguna condición o solicitud, incluidas las solicitudes de documentación, que infrinjan o estén de otro modo prohibidas o penalizadas en virtud de las leyes o reglamentos Antiboicot de EE.UU., Reino Unido, la ONU, la UE (o sus respectivos estados miembros) o cualquier otra autoridad gubernamental.
11.7. Sin perjuicio de lo anterior, el Comprador se compromete a cooperar con cualquier solicitud razonable de información y/o pruebas documentales para apoyar y/o verificar el cumplimiento de esta cláusula.
11.8. Todas y cada una de las obligaciones, garantías y compromisos recogidos en la presente cláusula se considerarán condiciones del contrato y el incumplimiento de cualquiera de estas garantías o compromisos facultará a la parte que no haya incumplido a resolver el contrato de forma inmediata y unilateral sin previo aviso ni responsabilidad alguna frente a la otra parte.
12. Anticorrupción y Antilavado de Dinero
12.1. Cada una de las partes acuerda y se compromete respectivamente con la otra a que, en relación con el presente contrato, cumplirá plenamente todas las leyes, reglamentos, órdenes, ordenanzas, resoluciones, decretos o medidas restrictivas y/u otros requisitos con fuerza de ley, adoptados por cualquier estado o gobierno u organización internacional como, entre otros, la UE, las Naciones Unidas en relación con la lucha contra el soborno y el blanqueo de capitales, EE.UU. y la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de EE.UU. de 1977, (la "FCPA"), y el Reino Unido y la Ley de Soborno del Reino Unido de 2010, (en adelante conjuntamente, las "Leyes contra la Corrupción y el Blanqueo de Capitales"). En particular, cada una de las partes declara, garantiza y se compromete respectivamente ante la otra a no pagar, ofrecer, dar o prometer pagar o autorizar el pago, directa o indirectamente, de dinero u otros objetos de valor, ni a conferir una ventaja financiera a:
a. un funcionario del gobierno o un funcionario o empleado de un gobierno o de cualquier departamento, agencia o instrumento de cualquier gobierno; b. un funcionario o empleado de una organización internacional pública; c. cualquier persona que actúe en calidad oficial para o en nombre de cualquier gobierno o departamento, agencia o instrumento de dicho gobierno o de cualquier organización internacional pública; d. cualquier partido político o funcionario del mismo, o cualquier candidato a un cargo político; o e. cualquier otra persona privada, individuo o entidad. Todas y cada una de las obligaciones, garantías y compromisos de esta cláusula se considerarán condiciones del contrato.
12.2. El Comprador acuerda y se compromete a que él y sus agentes, contratistas y representantes cumplirán plenamente con los requisitos de todas las Leyes Anticorrupción y contra el Lavado de Dinero aplicables en la ejecución de este contrato.
13. Protección de Datos
Todos los datos personales recopilados serán tratados de acuerdo a la Ley de Protección de Datos Personales del Perú (LPDP), su Reglamento, Directivas y a nuestra declaración de privacidad. La versión más reciente de nuestra declaración de privacidad siempre estará disponible en nuestra Declaración de Privacidad, la cual el Comprador declara expresamente haber leído y aceptar.
14. Propiedad Intelectual
El Comprador no tendrá ningún derecho, título o interés sobre ninguna de las marcas registradas, muestras, datos, trabajos, materiales, y/o propiedad intelectual o de otro tipo de Manuchar, ni el suministro de bienes y/o servicios, solos o en cualquier combinación, o el suministro de embalajes que contengan las marcas o nombres comerciales de Manuchar, le dará al Comprador derecho o título alguno sobre estas marcas o nombres comerciales similares. El Comprador no utilizará ninguna marca, nombre comercial u otra indicación en relación con las mercancías o servicios, solos o en cualquier combinación, sin la aprobación previa por escrito de Manuchar, y cualquier uso de toda marca, nombre comercial u otra indicación autorizada por Manuchar será estrictamente de conformidad con las instrucciones de Manuchar y para los fines especificados por Manuchar.
15. Confidencialidad
15.1. El Comprador tratará la existencia y el contenido del contrato y toda la información proporcionada por o en nombre de Manuchar o generada por el Comprador para Manuchar en virtud del contrato como confidencial (“Información Confidencial”). La Información Confidencial solo será utilizada por el Comprador a efectos del contrato. El Comprador protegerá la Información Confidencial con un nivel de cuidado no inferior al que observa en el manejo de su propia información confidencial, pero en todo momento utilizará al menos un cuidado razonable. Toda esta información será propiedad de Manuchar y el Comprador, a petición de Manuchar, devolverá inmediatamente toda esta información y no conservará ninguna copia de la misma.
15.2. El Comprador tratará la Información Confidencial como secreta y confidencial y en ningún momento, durante el período del contrato y los tres (3) años posteriores, revelará, distribuirá, publicará, copiará, reproducirá, venderá, prestará, manipulará o permitirá el uso de cualquier Información Confidencial, salvo con el consentimiento expreso y por escrito de Manuchar.
15.3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral anterior, el Comprador devolverá todos los documentos o materiales que contengan información confidencial (sin conservar copia alguna) de forma inmediata a Manuchar, una vez concluido el plazo del contrato.
16. Divisibilidad
La invalidez, ilegalidad o inaplicabilidad de cualquiera de las disposiciones de las presentes Condiciones en el marco de determinada ley o jurisdicción no deberá afectar la validez, legalidad y aplicabilidad de cualquiera de las demás disposiciones de las presentes Condiciones, que seguirán estando plenamente en vigor y continuarán teniendo efecto.
17. Ley y Disputas
17.1. Estas Condiciones serán interpretadas y se regirán en todos sus aspectos por la ley de Perú, excluyendo la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (1980) y los principios del Derecho Internacional Privado que designarían cualquier ley, que no sea la ley peruana, a aplicar.
17.2.Toda disputa derivada de las presentes Condiciones se someterá al tribunal competente en Lima, Perú, o, según nuestro criterio, en el tribunal competente de la sede social del Comprador.