Condiciones esenciales de contratación

Cualquier proveedor, cliente u otra parte que suministre (directa o indirectamente) servicios o bienes a una empresa del grupo Manuchar acepta que las siguientes disposiciones son condiciones esenciales del contrato y de sus relaciones (directas o indirectas) con cualquier empresa del grupo Manuchar.

Al hacer negocios con una empresa del grupo Manuchar, usted se compromete a cumplir estas disposiciones.

1. Cumplimiento de las sanciones internacionales

1.1. "Sanciones" significa cualesquiera sanciones comerciales, económicas y/o financieras o controles a la exportación, incluyendo sin limitación cualquier ley, reglamento, orden, ordenanza, resolución, decreto, medida restrictiva u otro requisito pertinente con fuerza de ley, así como restricciones a la importación y exportación relacionadas con productos y tecnologías militares y de doble uso, precursores químicos (drogas y explosivos), productos químicos peligrosos, pesticidas y sustancias que agotan la capa de ozono, adoptados por los EE.UU., el Reino Unido, la UE (o sus respectivos Estados miembros), la ONU o cualquier otra autoridad gubernamental.

1.2. Usted declara y garantiza que ni usted ni ninguna persona o entidad que directa o indirectamente le pertenezca o controle, que usted directa o indirectamente posea y controle, o para la que usted actúe en nombre o bajo la dirección de, es un objetivo designado de cualquier Sanción, o un residente ordinario o una entidad constituida bajo las leyes de un país sujeto a sanciones globales administradas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de EE.UU. ("OFAC") ("País Sancionado") (colectivamente "Persona Sancionada"). Usted acepta y se compromete a que tanto usted como sus proveedores, agentes, contratistas y representantes ("Partes Relacionadas") cumplirán plenamente los requisitos de todas las Sanciones aplicables en la ejecución del/de los Acuerdo(s).

1.3. Usted acepta y se compromete a que las mercancías que se nos suministren o que nosotros suministremos en el cumplimiento del Acuerdo con usted (dependiendo de lo que sea relevante) no proceden directa o indirectamente de una Persona o País Sancionado o, respectivamente, no se revenderán directa o indirectamente a una Persona o País Sancionado, ni son o serán transportadas en un buque que enarbole pabellón de un País Sancionado o que sea una Persona Sancionada, ni serán tratadas de ninguna otra forma que pudiera causar un incumplimiento de las Sanciones por parte de Manuchar, sus bancos, aseguradores, agentes, contratistas, representantes o accionistas ("Partes Relacionadas de Manuchar") o que pudiera exponer a cualquiera de las Partes Relacionadas de Manuchar a los efectos de cualquier Sanción.

1.4. Además, usted declara y garantiza que no nos efectuará pagos a través de o mediante dicho país, banco u otra entidad u organismo o instalación, que pudiera causar un incumplimiento de las Sanciones por nuestra parte o por parte de las Partes Relacionadas de Manuchar, o que nos expusiera a nosotros o a las Partes Relacionadas de Manuchar a los efectos de cualquier Sanción, y que garantizará que el pago de las mercancías se efectúe en su totalidad sin violar las Sanciones.

1.5. Usted garantiza que las mercancías suministradas o manipuladas por nosotros (en su caso) no serán utilizadas por su cliente o suministradas por su cliente de forma que puedan provocar un incumplimiento de las Sanciones por nuestra parte o por las Partes Relacionadas de Manuchar o, de otro modo, a los efectos de cualquier Sanción.

1.6. Usted no cooperará, aceptará ni cumplirá, y procurará que sus Partes Relacionadas no lo hagan, con ninguna condición o solicitud, incluidas las solicitudes de documentación, que infrinjan o estén prohibidas o penalizadas de otro modo en virtud de las leyes o normativas antiboicot de EE.UU., el Reino Unido, la ONU, la UE (o sus respectivos estados miembros) o cualquier otra autoridad gubernamental.

1.7. Sin perjuicio de lo anterior, Usted se compromete a cooperar con las solicitudes de envío de información de Manuchar, siempre que sean razonables, y/o pruebas documentales para apoyar y/o verificar el cumplimiento de esta cláusula.

2. Cumplimiento de la legislación contra la Corrupción y el Blanqueo de Capitales

2.1. Usted acepta y se compromete respectivamente ante Manuchar a que, en relación con el Acuerdo, cumplirá plenamente todas las leyes, reglamentos, órdenes, ordenanzas,
resoluciones, decretos, o medidas restrictivas y/u otros requisitos con fuerza de ley, adoptados por cualquier estado o gobierno u organización internacional, tales como, pero no limitados a, la UE, la ONU en relación con la lucha contra el soborno y el blanqueo de capitales, los EE.UU. y la U. S. Foreign Corrupt Practices Act de 1977, (la "FCPA"), o el Reino Unido y la UK Bribery Act de 2010, (en lo sucesivo, las "Leyes contra la Corrupción y el Blanqueo de Capitales"). En particular, usted declara, garantiza y se compromete respectivamente ante Manuchar a no pagar, ofrecer, dar o prometer pagar o autorizar el pago, directa o indirectamente, de dinero u otros objetos de valor a, o conferir una ventaja financiera a:

  1. un funcionario del gobierno o un funcionario o empleado de un gobierno o de cualquier departamento, agencia o instrumento de cualquier gobierno;
  2. un funcionario o empleado de una organización internacional pública;
  3. cualquier persona que actúe a título oficial para o en nombre de cualquier gobierno o departamento, agencia o instrumento de dicho gobierno o de cualquier organización internacional pública;
  4. cualquier partido político o funcionario del mismo, o cualquier candidato a un cargo político; o
  5. cualquier otra persona privada, física o jurídica.

2.2. Usted acepta y se compromete a que usted y sus Partes Relacionadas cumplirán plenamente los requisitos de todas las Leyes Anticorrupción y contra el Blanqueo de Capitales aplicables en la ejecución del/de los Acuerdo(s).

 

 

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